Si tu almacén contrata transportistas para repartir, eres cargador contractual. Generas el documento al preparar la carga y el conductor sale con él en el móvil.
La Orden FOM/2861/2012 incluye expresamente en la figura del cargador contractual al almacenista-distribuidor y al operador logístico, y en general a «cualquier otro que contrate habitualmente transporte o intermedie habitualmente en su contratación».
Si tu empresa contrata a transportistas para llevar la mercancía a los clientes, cada envío necesita su documento de control electrónico desde el 5 de octubre de 2026. Los repartos con tus propias furgonetas o camiones son transporte privado complementario y no lo necesitan.
| Vehículo y operación | ¿Lleva DeCA? |
|---|---|
| Hasta 2 toneladas de MMA (no necesita autorización de transporte) | No |
| De más de 2 hasta 3,5 toneladas, de un transportista | Sí |
| Paquetería de bultos pequeños que una persona maneja fácilmente | No |
| Camiones de transportistas o autónomos contratados | Sí |
| Vehículos propios con mercancía propia | No (privado complementario) |
Fuentes: Orden FOM/2861/2012, arts. 2, 4 y 6; Resolución de 5 de junio de 2026 (BOE-A-2026-12784), apartado sexto; preguntas frecuentes del Ministerio de Transportes.
Cuéntanos cuántos envíos sacáis al día, con cuántos transportistas trabajáis y qué programa de gestión o de almacén usáis. En una llamada lo dejamos claro.
Te hemos enviado un email de confirmación. Si no lo ves, mira en la carpeta de correo no deseado.
O llámanos: 959 54 07 12El cargador contractual es quien contrata directamente con el transportista que hace el viaje. Si contratas al operador y él subcontrata el camión, el operador pasa a ser el cargador contractual de ese viaje.
Sí, cuando el cargador contractual y el transportista efectivo son los mismos en todos los envíos. El documento tiene que identificar el origen, el destino y la mercancía de cada envío, y el orden en que aparecen no obliga a seguir esa ruta.
No, cuando se trata de un número reducido de bultos que una persona puede manipular fácilmente. Los envíos de mercancía paletizada en camiones de transportistas sí.
Si el transporte de vuelta lo hace un transportista contratado, es otro envío y necesita su propio documento.